La CEDIS, para conseguir estos fines, procede siempre según las enseñanzas del Concilio Vaticano II, las directrices de la Santa Sede, las normas de la Sagrada Congregación para la Vida Consagrada y los cánones del Código de Derecho Canónico. Se rige por la Asamblea Plenaria y la Comisión Permanente que está formada por un Presidente y dos Vocales (un Secretario y un Administrador). En las Plenarias tienen derecho a voto todos los Institutos miembros y son invitados el Presidente de la Comisión Mixta de Obispos y Superiores Mayores de Religiosos e IISS de la CEE y el Obispo delegado de la misma para los IISS, facilitándoles la agenda de cada reunión y posteriormente la relación de lo tratado y acordado para su conocimiento y traslado a la Secretaría General de la CEE. Así mismo se informa al Sr. Nuncio. El espíritu de los Estatutos se entiende de acuerdo con los de la Conferencia Mundial de Institutos Seculares (CMIS).