REGLAMENTO DE LA CONFERENCIA DE INSTITUTOS SECULARES»CDIS ZAMORA-SALAMANCA»

I. – NATURALEZA

Art. l.-La Conferencia de Institutos Seculares de Zamora-Salamanca es un organismo integrado por los representantes de los II.SS. presentes en dichas Diócesis que libremente se adscriban. Se denominará «CDIS Zamora-Salamanca».
Esta Conferencia cuenta con el reconocimiento de la CEDIS y participa de su Personalidad Jurídica
Cuenta también con la aprobación de la autoridad eclesiástica.

II. – FINES

Art.2.Los fines generales de CEDIS Zamora-Salamanca son los mismos de la CEDIS (art.5 de sus Estatutos) y siempre en perfecta colaboración con sus órganos de gobierno. Son los siguientes:

2.l. Dar a conocer la naturaleza de los II.SS. y su actualidad en la Iglesia, salvaguardando y fomentando el propio Carisma de consagración secular, mediante la profundización de su doctrina, la reflexión teológica y su divulgación en el Pueblo de Dios.

2.2. Fomentar el conocimiento y trato de los miembros de II.SS. entre sí con espíritu de colaboración entre los distintos Institutos.

2.3. Promover el espíritu de intercambio, colaboración y coordinación, facilitando encuentros mutuos, jornadas de reflexión y espiritualidad, estudio de problemas de interés común, etc.

2.4. Dentro del Carisma propio, apoyar la participación de los II.SS. en aquellos organismos eclesiales recomendados por la Jerarquía, cooperando con ella en todo lo que signifiquw un mejor servicio a la Iglesia.

2.5. Representar en la forma legal pertinente, entre las autoridades eclesiásticas y civiles, los intereses comunes de los Institutos miembros dentro del ámbito diocesano que corresponda.
Se propone como fines específicos:

  • Tender a lograr una comunidad diocesana avivando en sus miembros el sentido de Iglesia que les lleve a participar intensamente de su vida y misión.
  • Fomentar el conocimiento y trato de los miembros de los II.SS. entre sí, con espíritu de colaboración entre los distintos Institutos.
  • Fomentar en la Diócesis la vocación a la consagración secular dando a conocer este modo de vida consagrada en la Iglesia.
  • Cooperar activamente con el Obispo en todo cuanto se refiere al mejor servicio de la Iglesia Local.

Art.3. Para la consecución de sus fines, la CDIS Zamora-Salamanca desarrollará cuantas actividades considere necesarias.

III. – REGIMEN INTERNO

Art. 4. Los órganos que rigen la CDIS Zamora-Salamanca son la Asamblea y la Comisión Permanente.

Art.5. ASAMBLEA

5.1. La Asamblea está constituida por todos los representantes de los II.SS, pertenecientes a CEDIS, debidamente delegados.

5.2. La Asamblea se reunirá dos veces al año de manera ordinaria y extraordinaria cuando así lo juzgue la Comisión Permanente.

5.3. Corresponde a la Asamblea:

  • Proponer y acordar el programa de trabajo.
  • Evaluar las actividades propuestas y realizadas.
  • Examinar los asuntos que se propongan.
  • Aprobar la creación de eventuales o permanentes Comisiones para cumplir con más eficacia los fines propios.
  • Nombrar representantes de la Conferencia en las Delegaciones diocesanas o en los distintos estamentos eclesiales.
  • Aprobar las cuentas; señalar cuotas para los gastos de sostenimiento de la Conferencia.
  • Interpretar el Reglamento que rige la Conferencia

5.4. El sistema de votación para la elección de personas como para los asuntos pertinentes, será secreto y por escrito. Se requerirá la mayoría absoluta en la primera votación y la mayoría relativa en la segunda. No obstante, en cuestiones de procedimiento o de menor importancia, puede utilizarse, a propuesta de la presidencia, el sistema de mano alzada

5.5 Deben ser invitados, o al menos informados, el Ordinario del lugar y el Vicario Episcopal o Delegado para la Vida Consagrada. También debe ser informada la Comisión Permanente de la CEDIS, así como el coordinador/a de la misma para estas Conferencias.

Art.6. COMISIÓN PERMANENTE

6.1. Esta Comisión está formada por el Presidente/a y dos Vocales: Secretario/a y Tesorero.

6.2. La duración de estos cargos es de dos años. Se admite la reelección por otros dos, una sola vez

6.3. La Comisión Permanente impulsa las iniciativas comunes y es lazo de unión para coordinar el trabajo apostó1ico en la Pastoral diocesana.

6.4. Es competencia de la Comisión Permanente:

  • Convocar y presidir la Asamblea. Preparar el orden del día de la misma.
  • Recibir, examinar sugerencias y exponer cuestiones de interés común en orden a un estudio en la Asamblea.
  • Ejecutar las decisiones de ésta o delegar en quien corresponda.
  • Tomar acuerdos en casos urgentes, aun en asuntos que sean propios de la Asamblea cuando no sea posible convocarla, y dar cuenta de los mismos a la Asamblea siguiente.
  • Sustituir los cargos vacantes hasta la próxima Asamblea.
  • Revisar las cuentas y aprobar los gastos ordinarios.
  • Enviar a CEDIS la información pertinente.

Art. 7. Corresponde al Presidente/a:

  • Representar de forma habitual a la Comisión Permanente en aquellos asuntos y actos que deban realizarse en nombre de la CDIS Zamora-Salamanca.
  • Coordinar las actividades de la CDIS Zamora-Salamanca, de sus comisiones de trabajo o de servicios
  • Transmitir a las autoridades competentes las informaciones oportunas acerca de las reuniones celebradas, materias tratadas y posibles acuerdos tomados, según queda indicado en el presente Reglamento

Art. 8. El Presidente/a de esta Conferencia, o en su nombre, uno de los miembros de la Comisión Permanente, de acuerdo con las normas generales, participará en las Asambleas de la CEDIS, con voz pero sin voto.

Art.9. El Secretario/a actúa en los asuntos

  • Transmitir el orden del día de las Asambleas junto con la convocatoria de las mismas a los participantes.
  • Levantar acta de las Asambleas, de los temas tratados y posibles acuerdos tomados.
  • Ejecutar los acuerdos que se le encomienden

Art.10. Al tesorero/a pertenece llevar el movimiento contable de cuantas actividades de orden económico desarrolle la CDIS Zamora-Salamanca a tenor del presente Reglamento y en conformidad con las directrices de la Asamblea.

Art. 11.  La Comisión Permanente funcionará de forma colegial.

IV. GRUPOS AFINES.

Art. 12. Los grupos que mantienen relación regular con CEDIS (Pías Uniones, Fraternidades, etc.) y que aspiran formalmente a ser Instituto Secular, establecidos en las Diócesis, pueden asistir a los encuentros y participar en las actividades de esta Conferencia.

V. RELACIONES

Art. 13. El sentido de Iglesia propio de los Institutos Seculares ha de conducir a CEDIS Zamora-Salamanca a mantener las debidas relaciones con el Sr .Obispo. y con los estamentos diocesanos, tanto en vida consagrada como en laical.

VI. REFORMA DEL REGLAMENTO.

Art . 14. Este Reglamento puede ser reformado cuando. la Asamblea interdiocesana lo juzgue oportuno.

 

Salamanca, junio,9S.